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PUBLICADAS LAS AYUDAS 'REACTIVEM NOVELDA III'
AGO 2022

El Boletín Oficial de la Provincia de fecha 16/08/2022, ha publicado las Bases reguladoras y convocatoria para la concesión de subvenciones con destino a pymes, micropymes, pequeños empresarios autónomos y profesionales del municipio de Novelda

El presupuesto total de la convocatoria asciende a 133.351 €, procedentes de la Diputación de Alicante, a través de la convocatoria de “Ayudas a los ayuntamientos de la provincia de Alicante, con destino a minimizar el impacto económico que el Covid 19 está suponiendo sobre pymes, micropymes, pequeños empresarios autónomos y profesionales de sus municipios. Anualidad 2022”, obtenida por el Ayuntamiento de Novelda.

Entidades beneficiarias y requisitos.
1. Podrán ser beneficiarias las personas tanto físicas como jurídicas, que siendo personas autónomas, micropymes, otros colectivos sujetos a mutualidad, o pequeñas empresas de las definidas por el Anexo I del Reglamento (UE) Nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, estén legalmente constituidas en el momento de presentación de la solicitud, ejerzan una actividad empresarial o comercial en el ámbito territorial del municipio de Novelda que motive la concesión de la presente ayuda, y que cumplan además los siguientes requisitos:
a) Que el promedio mensual de facturación de los meses por los que se vaya a solicitar la ayuda (que deben estar comprendidos entre el 1 de julio de 2021 y el 30 de junio de 2022), haya sido igual o inferior al promedio mensual facturado en los mismos meses en 2019. Aspecto que se justificará mediante declaración responsable que vendrá incluida en la instancia de solicitud presentada junto con la documentación requerida.
Quedarán excluidas aquellas empresas dadas de alta desde enero de 2020 en adelante, ante la imposibilidad de la realización del cálculo del promedio mensual del año 2019.
b) Que el domicilio fiscal se encuentre en el término municipal de Novelda. Se considerará como domicilio fiscal, aquel que figure en el certificado de situación en el censo de actividad económica de la AEAT.
c) No encontrarse incursa en ninguna de las circunstancias recogidas por el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en particular, estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), y con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS); así como no haber contraído deuda pendiente con el Excmo. Ayuntamiento de Novelda. Condición que deberá mantenerse a fecha de presentación de la solicitud.
d) Haber justificado cualquier subvención que le haya sido concedida con anterioridad por el Excmo. Ayuntamiento de Novelda.

Plazo de presentación.

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará al día siguiente a la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, y finalizará el 2 de septiembre de 2022.

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